En diciembre de 2008, encontré en el periódico EL MUNDO de mi ciudad (Medellín), una noticia que despertó en mí grán interés, por la trascendencia para mi ciudad y por la categoría de sus asistentes: La realización en marzo de 2009 de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo. Entonces, transcribí en mi agenda la totalidad de la noticia y comencé a leerla todos los días, visualizándome asistiendo a ella y experimentando la sensación de triunfo. El resultado: Fuí asistente como invitado especial al evento, contra todas las probabilidades, contra todos los pronósticos. Lógicamente intervinieron varias personas para la manifestación de mi deseo, pero nada hubiera sucedido sin esa primera acción: Definir y poner por escrito, de mi puño y letra, qué era lo que aspiraba recibir.
Esta tarde entré a SIMO y revisé nuevamente la OPEC de la Convocatoria 1461 de la DIAN (entidad donde he laborado durante 10 años: primero como supernumerario, luego como temporal y finalmente como provisional), y me puse a escribir, de mi puño y letra, el PROPÓSITO del empleo, las funciones y dentro de ellas, la última de la lista está: "Las señaladas como comunes a todos los empleos de la planta de personal de la entidad, incluídas en la resolución que adopta o modifica el manual y las demás asignadas por autoridad competente, de acuerdo con el nivel, grado de responsabilidad y área de desempeño del empleo".
Ésta última función, es muy similar a la que se encuentra en muchas comunicaciones de compromisos y funciones en los sectores público y privado: "Y las demás asignadas por el jefe inmediato". Y como a la letra pequeña de los contratos, no se les presta la suficiente atención pero no por eso significa que sean menos importantes. Y pensé que, al igual que los contenidos desarrollados en el Decreto 071 del 24 de enero de 2020 que trata acerca del Sistema Específico de Carrera de la DIAN, las funciones comunes pueden aparecer en las pruebas escritas del concurso dentro de las competencias funcionales (presentes únicamente para los empleos diferentes a los profesionales de las áreas misionales, de carácter eliminatorio con un peso del 30%), sin embargo, la universidad acreditada también podría incluirlas para todos.
Las funciones comunes a los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, contenidas en el artículo 4° de la Resolución 0060 del 11 de junio de 2020, "por la cual se adopta el Manual Específico de Requisitos y Funciones para los empleos de la planta permanente de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN" son:
1. Ejecutar las acciones requeridas tendientes a la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión de la Entidad, de acuerdo con la normativa y lineamientos establecidos.
2. Adelantar las acciones requeridas en la formulación, seguimiento, evaluación y ajuste de planes, programas y/o proyectos del proceso o subproceso de desempeño, incluyendo los indicadores de gestión, de acuerdo con el Plan Estratégico Institucional y los procedimientos establecidos.
3. Participar en la elaboración y desarrollo de estrategias, propuestas de auditorías, metodologías y mejores prácticas dirigidas a la detección y mitigación de riesgos, según el proceso o subproceso, de acuerdo con la normativa vigente y los procedimientos establecidos.
4. Orientar a los usuarios internos y externos de la Entidad, de acuerdo con la normativa, competencia y lineamientos institucionales.
5. Adelantar actividades relacionadas con la supervisión y control de ejecución de convenios, acuerdos y contratos de bienes y servicios derivados de los procesos o subprocesos de selección requeridos en las dependencias, de acuerdo con la competencia asignada, la normativa vigente, los programas, planes, proyectos y procedimientos establecidos.
6. Atender las peticiones, quejas, sugerencias, reclamos y denuncias que le sean asignadas, de acuerdo con el proceso o subproceso de desempeño y según la normativa y procedimientos vigentes.
7. Proyectar actos administrativos, documentos e informes que atienden asuntos rutinarios o habituales del proceso o subproceso de desempeño, de acuerdo con la normativa, procedimientos y lineamientos institucionales.
8. Gestionar la creación, implantación, ajuste y mantenimiento de los sistemas de información corporativos del proceso o subproceso de conformidad con las políticas establecidas, procedimientos vigentes, planes y necesidades institucionales identificadas.
9. Actuar como docentes o conferencistas en actividades de capacitación y/o formación que se requieran, de acuerdo con las necesidades institucionales.
10.Desempeñar la función residual o accesoria de conducción de vehículo automotor en los niveles directivo de seccionales, profesional, técnico y asistencial, de acuerdo con las directrices institucionales, normativa interna vigente y necesidades del servicio.
11.Aplicar los lineamientos sobre seguridad de la información y protección de datos personales, establecidos por la Entidad.
Parágrafo 1. Sin perjuicio del cumplimiento de las funciones establecidas en el presente artículo y el anexo de esta Resolución, los empleos correspondientes a los diferentes niveles jerárquicos deberán cumplir con las funciones señaladas en la Constitución Política y en las leyes.
Parágrafo 2. La función relacionada con el numeral cinco (5) del presente artículo, aplica para los empleos pertenecientes a los niveles técnico, profesional, asesor y directivo.
NOTA IMPORTANTE: En la entrada anterior se hablaba del Mapa de Procesos como un resumen de 16 flujogramas con las principales operaciones de la DIAN. Días después, el mapa de procesos fue actualizado, por lo que estoy en deuda de publicar una entrada nueva con la actualización.
Muchas gracias 😊
ResponderEliminarGracias
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